Determinación de la especie

Determinación de indicios de pertenencia de un objeto a un grupo, género, especie o categoría de objetos biológicos, si se dispone de material suficiente.

Qué incluye el trabajo

El estudio se realiza a partir de los objetos, las fotografías, los documentos, los datos sobre las condiciones del hallazgo, las muestras de comparación y las preguntas aportados.

  • valoración inicial del objeto, el embalaje y las condiciones del hallazgo;
  • análisis de los indicios de origen vegetal o animal;
  • valoración de la posible pertenencia a una especie, género o grupo;
  • comparación con muestras de referencia, si existen;
  • preparación de un informe, una revisión o una posición analítica.

Preguntas habituales

  • si el objeto tiene origen biológico;
  • si el objeto pertenece a la flora o a la fauna silvestre;
  • cuáles son los rasgos diagnósticos del objeto;
  • si puede determinarse su pertenencia a una especie, género o grupo;
  • si las conclusiones de un peritaje anterior están fundamentadas.
Importante: las posibilidades del estudio dependen de la conservación del objeto, las condiciones de toma, el embalaje y la cantidad de material. Las cuestiones de ADN, veterinarias, sanitarias y estatales de protección de la naturaleza pueden requerir especialistas y laboratorios del ámbito correspondiente.

Tarifas

desde 75 000 ₽. El coste exacto depende del tipo de objeto, el número de muestras, las preguntas, la necesidad de trabajos de laboratorio y la urgencia.

De los rasgos diagnósticos a la determinación de la especie

Al determinar la pertenencia a una especie es importante comprobar qué rasgos se han conservado en el objeto aportado. Una planta completa, un fragmento de madera y un objeto elaborado proporcionan cantidades de información distintas. El dictamen debe dejar claro qué se estudió directamente y hasta qué nivel taxonómico permiten llegar los resultados: un grupo más amplio, un género o una especie concreta.

El nombre genérico de un albarán o una denominación comercial son útiles para plantear la tarea, pero no sustituyen la conclusión del estudio. Si en los documentos se utilizan nombres diferentes, consérvelos junto con las fechas y las fuentes. Para el especialista es un motivo para comprobar si se refieren a un mismo objeto supuesto, y no para elegir la denominación más conveniente.

Distinga las preguntas en el encargo

  • ¿Qué rasgos diagnósticos se han establecido en el objeto aportado?
  • ¿Qué nivel de determinación fundamentan y qué variantes próximas permiten distinguir?
  • ¿Son suficientes las fotografías o se necesita acceso directo al objeto?
  • ¿Qué datos y materiales de comparación podrían precisar la determinación?

La comparación de la especie establecida con una lista de protección se realiza con la denominación exacta y la versión del documento pertinente para la tarea. La conclusión sobre la especie y la valoración jurídica de la legalidad de su circulación tienen contenidos diferentes. La inclusión en una lista no debe establecerse solo por un nombre cotidiano o una fotografía parecida. Si el material no se ha conservado íntegramente, es importante indicar expresamente qué se ha establecido con seguridad y qué variantes siguen sin poder distinguirse.

Consulta

Envíe fotografías y una descripción del objeto

Describa el objeto, las condiciones del hallazgo y la finalidad; adjunte fotografías, documentos, preguntas del tribunal, el dictamen del perito anterior o datos sobre la procedencia.

  • estudio de objetos de flora silvestre;
  • estudio de objetos de fauna silvestre;
  • materias primas y materiales procedentes de objetos de la naturaleza silvestre;
  • revisión del informe de otro perito.

Hasta diez archivos de 10 MB cada uno. Formatos: JPG, PNG, PDF, DOC, DOCX, XLS, XLSX, TXT, RTF, HEIC y ZIP.

Cómo se tratan los datos: Política de tratamiento de datos personales. Adjunte solo los materiales necesarios; siempre que sea posible, oculte los datos innecesarios de otras personas.

Para la valoración conviene adjuntar fotografías del objeto, una descripción del hallazgo, documentos de toma, embalaje y procedencia, y las preguntas del tribunal.

Adjuntos: hasta 10 archivos de 10 MB cada uno, con un máximo total de 15 MB. Si no se acepta un archivo, la consulta no se envía.

Peritaje de objetos de flora y fauna silvestres: plantas, objetos de origen animal, materias primas e identificación de especies
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